Etiqueta: TSJE

  • Con solo 21 millones de guaraníes, Cruzada metió 9 legisladores en el Congreso

    Con solo 21 millones de guaraníes, Cruzada metió 9 legisladores en el Congreso

    El partido político Cruzada Nacional con tan solo G. 21 millones lograron meter en el Congreso Nacional 9 parlamentarios, 5 senadores y 4 diputados.

    Según las declaraciones de Cruzada ante la Justicia Electoral, los gastos de campañas declarados fueron de G. 21.552.400.

    Haciendo una comparación con los demás partidos, la Asociación Nacional Republicana (ANR) recibió G. 1.607 millones en donaciones, tuvo de recursos propios G. 16.962 millones y G. 9.185 millones de subsidio electoral. Declaró un gasto de G. 27.754 millones.

    Por otro lado el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) recibió G. 5.921.368 en donaciones, no tuvo recursos propios ni subsidio electoral. El gasto de campaña fue de G. 5.921.368.

  • Persisten que la candidatura de Ancho Ramírez al TSJE es valida

    Persisten que la candidatura de Ancho Ramírez al TSJE es valida

    Juristas de la talla de Eduardo Pettit, Ruffinelli y el ex ministro de la Corte Suprema de a Justicia, Luis Lezcano Claude, confirman que el requisito de 10 años como abogado para que un candidato pueda postularse para el Tribunal Superior de Justicia Electoral es la sumatoria de las actividades ejercidas en el marco de la profesión.

    De esta manera, el ex senador liberal Juan Bartolomé Ramírez, alias “Ancho”, se encuentra habilitado para competir por uno de los lugares vacantes en el TSJE, luego de la jubilación de Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka.

    Sobre el punto el Constituyente sostiene que la postulación de Ancho Ramírez es totalmente válida. “La intención era que se pudiera acumular la experiencia, lo que se buscaba era que la persona tenga una experiencia de 10 años en actividades vinculadas con actividades del derecho tanto en el ejercicio como abogado, o por alguna cátedra universitaria en materia jurídica o por ejercicio de la magistratura judicial y eso se puede acumular”, menciona Luis Lezcano Claude.

    Señala el escrito en el punto de la experiencia de 10 años cuanto menos, hace presumir que el candidato ha sumado a sus conocimientos en materia jurídica, la experiencia que le da el ejercicio de las actividades la Ley Suprema, lo cual redunda en una mayor seguridad en cuanto al desempeño correcto de las funciones que corresponde a un miembro del TSJE.

    “Significa esto en el término de diez años” se puede completar:

    • Ejerciendo conjuntamente la abogacía y la cátedra universitaria, o la magistratura judicial y la cátedra universitaria.
    • Ejerciendo una sola de las actividades mencionada por todo el tiempo requerido, es decir, en forma separada.
    • Ejerciendo en forma sucesiva (o alternativa, como dicen otros artículos constitucionales)

    Y que a criterio del jurista Lezcano Claude precedentemente es aplicación directa a los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

    Así también califica de equivocada la opinión que sostiene que el tiempo mínimo de diez años debe acumularse con una sola de las tres actividades mencionadas en la Ley Suprema.

    Finalmente acaba el final del dictamen que “resulta ilógico que la Norma Fundamental admitiera como vías idóneas para llenar el requisito de la experiencia cualquiera de estas tres vías pero sólo si se da por separado. No se podría comprender, siendo idóneas las tres, por qué no podría acumularse el tiempo de ejercicio de dos o tres de ellas.

    Fuente: Equipo Periodístico. 

  • Constitucionalista da »vía libre» para postulación de Ramírez

    Constitucionalista da »vía libre» para postulación de Ramírez

    La postulación del ex senador Juan Bartolomé Ramírez, para miembro del TSJE, abrió  otro debate sobre la interpretación  del art 275 de la constitución nacional y el pedido de impugnación de esta candidatura.
    El constitucionalista Dr. Luis Lezcano Claude, en conversación con medios de prensa explicó su interpretación sobre  los alcances del art 275 de la Constitución Nacional, referente a los requisitos exigidos para ser miembro del Tribunal Superior de Justicia Electoral, institución que quedará con 2 vacancias.
    Para Lezcano Claude, en el art 275 está bien claro  en el aspecto de que el ex senador Juan Bartolomé Ramírez cumple con los requisitos exigidos.

    »La intención de la constitución es que se pudiera acumular la experiencia de 10 anos por diversas actividades del derecho, es el mismo requisito para otros cargos como la fiscalía general y para miembro de la Corte Suprema de Justicia» explico Lezcano Claude.

    »Se puede acumular, es lo que se entendió en todos los casos anteriores también» dijo

    »No es que me guste ese requisito pero así dice la constitución, en este caso el texto es claro, se puede acumular la experiencia con esas 3 actividades, puede ser conjunta o una sola, cualquiera de las formas, debe tener 10 anos de experiencia» concluyo el  constitucionalista.
    Plantean pedido de impugnación:
    El abogado Eduardo Pérez Avid planteo una impugnación sobre la candidatura del ex senador Bartolomé  Ramírez.
    Para Pérez Avid, la interpretación de Lezcano Claude o de otros constitucionalistas, no se ajusta a lo que dice la constitución.
    »Nosotros sacamos esta conclusión de su declaración jurada, que Ramírez no cumple los requisitos para este cargo y esperemos que el consejo de la magistratura haga un estudio justo de su postulación» puntualizo el abogado.
    »La experiencia se consigue con el tiempo, no es una cuestión que se puede comprar» concluyo el abogado Eduardo Pérez Avid.
    Fuente – Equipo Periodístico